Por un lado: Mir Tovar Beltrán con 5469****P, domicilio en calle San Nicolás de Barí 10, Paracuellos de Jarama, Madrid, España, CP 28860 y empatiajuridica@gmail.com. Quien para los efectos del presente Acuerdo se denominará “la Female Inner Soul Coach”.
Y por el otro, EL CLIENTE que se constituye como tal, al confirmar el pago del servicio (o el primer pago en el caso de cuotas) “Calibra Sessions o sesiones de Coaching de Personalidad de Marca”, procesado a través de Bizum, PayPal, Stripe, transferencia bancaria, Western Union u otro medio de pago aceptado por la “Female Inner Soul Coach”, manifiesta ser mayor de edad, estar en pleno uso, goce y disfrute de sus derechos, así como estar enteramente de Acuerdo con este servicio en los términos establecidos en este documento y que, en adelante se denominará “El Coachee y cliente”.
Por ende, al tratarse de personas en pleno ejercicio de sus derechos, hacen constar que desean celebrar este Acuerdo en todos sus términos, previos los siguientes:
ANTECEDENTES:
- “La Female Inner Soul Coach” se desarrolla su servicio denominado “Calibra Sessions o sesiones de Coaching de Personalidad de Marca” en adelante “el servicio”.
- Para efectos de mejor detallar las sesiones incluidas en “el servicio” y elementos adicionales (si fuera el caso), el cliente aceptó la PROPUESTA del servicio ofertado y confirmado por el “Coachee y cliente”, que fue proporcionada por email, que incluye acceso al test de eneagrama para ser respondido, 1 sesión 1A1 para la interpretación de los resultados y 5 sesiones 1A1 de duración cada una a partir de 30 minutos.
La propuesta no incluye:
- Soporte por Whatsapp ni redes sociales.
- Atención familiar o a personas adicionales (en todo caso tendría que hacerse una propuesta individualizada para cada persona).
- Inversión en herramientas, sistemas, libros, talleres, recursos que pudieran surgir en las sesiones o algún tipo de programa que se recomiende al cliente.
- Ningún servicio no especificado en la propuesta.
- “El Coachee y cliente” manifiesta que desea disfrutar de dicha propuesta, por ende, las partes han decidido celebrar el presente Acuerdo de provisión de servicios de Coaching, con la finalidad de que se ejecute la propuesta aceptada, bajo las siguientes:
CLAÚSULAS
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO DE ESTE ACUERDO DE SERVICIOS: Este “Acuerdo de provisión del servicio” consiste en que “la Female Inner Soul Coach” de forma independiente, esto es, sin que exista subordinación laboral realizará el acompañamiento de “el Coachee y cliente” que consiste en la realización de las sesiones y elementos incluidos en “la propuesta” presentada por email y confirmada por “el Coachee y cliente”.
“La Female Inner soul Coach” está certificada y autorizada para aplicar el método validado y denominado “PLIA3 Autoría de María Alejandra Gutiérrez” (en adelante el método), su objetivo es acompañar al “Coachee y cliente” en el desenvolvimiento de los pasos del mencionado método.
CLAUSULA SEGUNDA. APLICACIÓN DEL ACUERDO DE SERVICIOS: El presente Acuerdo se desarrollará exclusivamente entre las partes, para su correcta, clara y organizada ejecución:
- Se brindará al “Coachee y cliente” instrucciones para acceder al test de eneagrama que deberá de responder y que una vez respondido correctamente generará un resultado. Este último será interpretado conforme al método y al propio “método de intervención” de la “Female Inner Soul Coach”.
- La primera sesión se agendará dentro de los siguientes 10 días contados a partir de que “la Female Inner Soul Coach” notifique al “Coachee y cliente” que ha respondido correctamente el test de eneagrama.
- A partir de la primera sesión, se agendarán las siguientes procurando un intervalo entre 7 y 10 días entre cada una de ellas.
- Cada sesión tendrá una duración desde 30 minutos]
Para el procurar el mejor funcionamiento del servicio, ambas partes se comprometen a desarrollar y presentarse en las sesiones de forma comprometida y leal.
“La Female Inner Soul Coach” se compromete a:
- Informar con claridad al “Coachee y cliente” sobre el desarrollo del servicio en sus diferentes etapas.
- Proporcionar al cliente el acceso a la app y/o herramienta en la que pueda responder el test de personalidad de eneagrama para encargarse de obtener el resultado una vez confirme al cliente que sus respuestas se guardaron y procesaron correctamente.
- Estudiar profesionalmente el resultado del test de personalidad aplicando “el método” y su propio método de intervención.
- Brindar al “Coachee y cliente” la lectura del resultado del test de personalidad.
- Planificar el acompañamiento de las sesiones con la anticipación que considere necesaria (considerándose como tal sostener al cliente cuando aparentemente no se desarrolle ninguna acción).
- Realizar recomendaciones acorde a la información exteriorizada por “el Coachee y cliente”.
- Conducirse éticamente en el desarrollo del servicio y comunicar con respeto al “Coachee y cliente” el avance o situación respecto al objetivo planteado.
- Brindar un trato serio, responsable, profesional y altamente calificado.
- Brindar atención a dudas vía empatiajuridica@gmail.com en horario de 9:30 a 13:30 y de 16:00 a 20:00 hora Madrid, España.
- Guardar confidencialidad de los datos personales y sensibles que el “Coachee y cliente” comparta en las sesiones.
“El Coachee o cliente” entiende que:
- Para atenderle lo mejor posible y comenzar el servicio es necesario que responda el test de personalidad (constante de 3 cuestionarios) con toda honestidad dentro de las siguientes 2 semanas hábiles a que comience la aplicación de este Acuerdo.
- En la sesión de lectura e interpretación del resultado podrá elegir un objetivo (personal o profesional) para trabajar en las sesiones.
- Su implicación para responder realizando “los tratamientos o tareas o ejercicios” será determinante para acercarse al objetivo planteado.
- Es su responsabilidad agendar las sesiones acordadas, procurando entre una y otra un intervalo de 7 a 10 días, sin que exceda este tiempo, para dar continuidad y eficiencia a su proceso de Coaching.
- En la medida en que realice las tareas, ejercicios, tratamientos o propuestas planteadas por “la Female Inner Soul Coach”, el alcance y avance a su propio objetivo será mucho más eficiente.
- Tiene derecho a preguntar hasta obtener claridad sobre “los tratamientos o tareas o ejercicios” propuestos.
- Su compromiso es determinante para cumplirse el objetivo que él/ella misma se marcará.
- El servicio es limitado y para que sea más eficiente se trabaja con un objetivo a la vez.
- Lograr sus expectativas está ligado a todo lo anterior y, en todo caso este es un proceso iniciativo por lo que, se recomienda volcar su compromiso y acción en el presente, de esta forma, el impacto futuro será más o menos realista.
- La “Female Inner Soul Coach” no está obligada a recomendar profesionales de salud mental y que, si en el proceso “el Coachee y el cliente” lo requiere, debe buscarlos dejando por fuera de responsabilidad a la “Female Inner Soul Coach”.
CLAUSULA TERCERA. El pago por la provisión del servicio de “la Female Inner Soul Coach” con los elementos incluidos en la cláusula anterior tienen el valor de 1000€ mil euros, que “el cliente o Coachee” podrá abonar a través de Bizum, PayPal, Stripe, transferencia bancaria, Western Union u otro medio de pago aceptado por la “Female Inner Soul Coach”.
Hasta que “el Coachee y cliente” realice el primer pago o el pago total de la prestación del servicio, comenzará a ser obligatorio para ambas partes el cumplimiento de este Acuerdo y procederá a comenzar con las fases que correspondan. Una vez abonado el valor total no habrá reembolso del dinero pagado puesto que “la Female Inner Soul Coach” desde el momento de la confirmación de este servicio, se encuentra usando recursos que requieren inversiones de su parte.
Los datos y horarios de contacto de “la Female Inner Soul Coach” para atención serán los siguientes:
Email: empatiajuridica@gmail.com
Horario de atención: De Lunes a Viernes hábiles de 9:30 a 13:30 y de 16:00 a 20:00 hora Madrid, España
Media de respuestas: 24-48 horas laborales.
CLAUSULA CUARTA. NATURALEZA DEL ACUERDO DE SERVICIOS. El presente Acuerdo es de Naturaleza Comercial, en consecuencia, no genera ningún tipo de relación laboral entre las partes puesto que la “Female Inner Soul Coach” es una proveedora de servicios independiente.
CLAUSULA QUINTA. DURACIÓN Y VIGENCIA. El presente Acuerdo de servicios aplica para un total de 6 sesiones que tendrán que agendarse como se detalla en la cláusula segunda de este Acuerdo y que, en todo caso no podrán prolongarse después de 6 meses, es decir, corresponde al “Coachee y cliente” agendar rigurosamente sus sesiones para que entre una y otra no se exceda de 10 días y por tanto, nunca se exceda de 6 meses, para evitar caducidad de las mismas.
CLAUSULA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD Y PRIVACIDAD. Ambas partes guardarán confidencialidad sobre los detalles de este Acuerdo y el desarrollo de las sesiones, la aplicación del método y del método de intervención.
Queda prohibida la reproducción total o parcial de los documentos compartidos con “el Coachee y cliente” puesto que son para su uso exclusivo, también está prohibida la edición, distribución, comunicación pública, transformación, incorporación a un sistema informático, transmisión digital, mecánica o por cualquier forma o medio de todos los documentos compartidos, “know how”, ejercicios, tareas, tratamientos o cualquier información intelectual de “La Female Inner Soul Coach” o de los métodos.
Independiente de lo anterior, “el Coachee y cliente” se compromete a no desarrollar una actividad similar a la que desarrolla la “Female Inner Soul Coach” en el período de 5 años y aún feneciendo este tiempo, si llegara desarrollar una actividad parecida, siempre lo hará lealmente, sin confundir ni actualizarse como competencia desleal de la “Female Inner Soul Coach”.
Asimismo, para el correcto desarrollo del servicio “la Female Inner Soul Coach” usará todas las apps detalladas en la Política de Privacidad la política de privacidad https://empatiajuridica.com/politica-de-privacidad/, y, si eventualmente se usan otras se avisará por email al “Coachee y cliente”.
“La Female Inner Soul Coach” gestionará los datos personales del “Coachee y cliente” a través de diferentes apps que usará para llevar a cabo el servicio por ejemplo:
Para comunicarse usará Google Inc (Gmail) y correo corporativo a través WordPress.
Para que el “Coachee y cliente” realice el test de personalidad se le pedirá proporcione nombre y email que será compartido vía email somossoulbusiness@gmail.com con el equipo «Somos Soul Business» liderado por María Alejandra Gutiérrez González con residencia en México.
Para reuniones usará Calendly y Zoom Inc, así como Teachable Inc para compartir las grabaciones.
Para hacer cuestionarios usará Google Forms de Google Inc.
La información actualizada y completa de apps siempre estará consultable en la Política de Privacidad la política de privacidad https://empatiajuridica.com/politica-de-privacidad/
Por lo que, es importante que el “Coachee y cliente” comprenda que dichas apps y todas que las que se usan en el servicio, son proveedoras de servicios para la “Female Inner Soul Coach” y que, dichos datos serán procesados y administrados por dichas apps, , y que, siempre que sea posible se minimizarán los datos sensibles.
Por ende, cuando “el Coachee y cliente” desee ejercer sus derechos conocidos como ARCO podrá comunicarlo al email empatiajuridica@gmail.com
Cualquier aspecto no contemplado en este Acuerdo de Servicios deberá acordarse en nuevo documento.
CLAUSULA SÉPTIMA. TERMINACION DEL ACUERDO DE SERVICIOS. Este Acuerdo se termina por los siguientes casos. 1. Terminado el número de sesiones pactadas o cuando pasados 6 meses naturales no se hayan agendado la totalidad de sesiones por parte del “Coachee y cliente”. 2. Por incumplimiento de alguna de las partes de la totalidad de sus compromisos aceptados en este acuerdo o de aquellos que hagan infactible el cumplimiento. 3. Por las causas especiales de que trata la cláusula de Terminación Unilateral del Acuerdo. 4. Cuando no se tomen en cuenta las recomendaciones o no se realicen los ejercicios, tratamiento o tareas propuestas por “la Female Inner Soul Coach” y esta prevea que avanzar al objetivo o cumplirlo no será posible por dicha causa, y/o su reputación puede ser afectada; o bien, que el ambiente generado resulte irrespetuoso e irremediablemente irreparable para cualquiera de las partes. 5. Cuando “el Coachee y cliente” desee reemplazar o cambiar el objetivo inicial planteado en la primera sesión y “La Female Inner Soul Coach” no pueda o no desee continuar. En caso de reemplazo o cambio del objetivo autorizado por “la Female Inner Soul Coach”, el “Coachee y cliente” deberá pagar cargos adicionales puesto que, dicho cambio supone que la “Female Inner Soul Coach” tendría que realizar una nueva planificación. En todo caso, solo se permitirá realizar un cambio de objetivo en una sola ocasión (hasta en la segunda sesión).
Cuando ocurra la finalización de este Acuerdo “el Coachee y cliente” se obliga a destruir cualquier documento descargado, captado o guardado de cualquier forma en cualquier dispositivo. No usar ningún contenido compartido durante el desarrollo de este servicio. No calumniar, injuriar ni realizar declaraciones que puedan afectar la imagen de “La Female Inner Soul Coach”.
Asimismo, “El Coachee y cliente” se compromete a no desarrollar ningún servicio ni producto similar a este servicio, los contenidos y know how que se le transmitirán.
CLAUSULA OCTAVA. TERMINACION UNILATERAL DEL ACUERDO DE SERVICIOS. Unilateralmente se podrá dar por terminado el Acuerdo en cualquier momento antes de la planificación programada por las siguientes razones:
- Cuando exista falta de entendimiento entre “El Coachee y cliente” y “La Female Inner Soul Coach” y ambas partes consideren que es irreparable.
- Cuando existan faltas de respeto de cualquier tipo hacía “La Female Inner Soul Coach” y ésta considere que el servicio no prosperará ante tal escenario.
- Cuando “El Coachee y cliente” decida que no quiere seguir con el servicio porque no desea comprometerse con este proceso.
- Cuando “El Coachee y cliente” no ejecute las acciones que le correspondan y no pregunte dudas o formas para ajustar dichas acciones.
CLAUSULA NOVENA. CESION DEL ACUERDO DE SERVICIOS. “El Coachee y cliente” no podrá ceder el presente Acuerdo, sin embargo, ante la actualización de los supuestos 1 y 2 de la cláusula anterior, “la Female Inner Soul Coach” podrá recomendar otro compañero o referir el servicio a otro compañero con el visto bueno de “El Coachee y cliente”; en el entendido de que “el Coachee y cliente” tendrá que asumir el pago de un nuevo proceso con ese diverso Profesional.
CLAUSULA DÉCIMA. REPONSABLIDADES. Las partes responderán por las obligaciones y compromisos contenidos en el presente Acuerdo de Servicios, y de igual forma se comprometen a poner la mejor disposición y actitud para el desarrollo del servicio. Por ello, cualquier situación no contemplada en este Acuerdo, deberá pactarse en un Acuerdo complementario.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. RESULTADOS: “La Female Inner Soul Coach” no puede ser responsable de los resultados del “servicio” en ningún sentido, en todo caso, desempeña su papel con todo el profesionalismo y conocimientos como Coach certificada en “el Método” aplicado, sin embargo, procurará y explicará al cliente la lectura del resultado de su test de personalidad. “El Coachee y cliente” entiende y acepta que “la Female Inner Soul Coach” no puede otorgar garantía alguna sobre los resultados en ningún sentido. El “Coachee y cliente” asume toda la responsabilidad sobre sus interpretaciones (cómo él interpreta que “la Female Inner Soul Coach” está aplicando “el método”) y acciones, así como de sus decisiones y efectos, durante y después del servicio, puesto que, es esta última la profesional certificada y calificada quien, de acuerdo con el objetivo planteado, decide darle su enfoque para aplicar “el método”. Por ende, “el Cliente y Coachee” libera a la “Female Inner Soul Coach” de cualquier responsabilidad vinculante al servicio.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. NO RENUNCIA A DERECHOS. La omisión de cualquiera de las partes en exigir la observancia de cualesquiera de los términos o condiciones de este Acuerdo de Servicios, o la falta, o atraso en ejercer alguno de los derechos provenientes del mismo, o de lo que esté estipulado en la ley, o la omisión de la debida notificación o comunicación, cuando sea el caso, no exonerará a las partes de cualesquiera responsabilidades y/u obligaciones asumidas en este Acuerdo, ni será tenida como renuncia de derechos, tampoco constituirá novación de los mismos, ni se entenderá o podrá tomarse como una renuncia al ejercicio de dichos derechos o acciones en caso de que tal situación continúe o se repita.
En el evento en el que alguna disposición de este Acuerdo resulte ser ilegal o inaplicable en un determinado país, el resto del mismo se mantendrá aplicable y producirá sus efectos.
CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. APLICACIÓN DE LAS LEYES. El presente Acuerdo presta mérito ejecutivo, sin necesidad de requerimiento previo a la parte incumplida. Ante cualquier controversia las partes acuerdan agotar las vías amistosas y no contenciosas, así como el arbitraje online y solo ante imposibilidad de conciliación, se procederá al inicio de una controversia judicial en el lugar de residencia de la “Female Inner Soul Coach”.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones legales, requerimientos, acuerdos, consentimientos, aceptaciones, aprobaciones o comunicaciones que sean precisas de conformidad con el presente Acuerdo, o que estén relacionadas con el mismo, deberán realizarse por escrito en los emails y direcciones detalladas al inicio de este Acuerdo.
El cambio de los datos indicados por cada una de las Partes en los apartados anteriores deberá notificarse a la otra parte fehacientemente.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, el Coachee y cliente con el pago realizado acepta estas condiciones, cuya aceptación queda reflejada con la confirmación del mismo.